Fabricación a medida
Normativa para la conducción de remolques

Normativa para la conducción de remolques

¿Cuáles son las obligaciones que debe cumplir el propietario de un remolque?

A la hora de salir a circular con algún tipo de remolque, deberemos conocer previamente las obligaciones y la normativa existente en relación a este tipo de productos. Desde Remolques Incar, le ofrecemos la información básica para que pueda conocer las principales obligaciones que debe cumplir el propietario de cualquier remolque:

  • Tipos de permisos de conducir
  • Seguro
  • Matriculación
  • ITV
Tipos de permisos de conducir

Tipos de permisos de conducir

Clase B

Es el tipo de carné más habitual que autoriza a conducir automóviles de 3.500 kg como máximo y que pueden transportar hasta 8 personas, sin contar al conductor. Además, pueden llevar enganchado un remolque cuya masa no supere los 750 kg y que el conjunto de coche y remolque no supere los 3.500 kg de peso.

Clase B con el código armonizado B-96

Las personas con este permiso de conducir, están autorizadas para poder llevar cualquier vehículo tractor de los que requiere para sun conducción un permiso de clase B y un remolque de máximo 750 kg. Además, en este sentido, el conjunto nunca podrá superar los 4.250 kg. Para conseguir este permiso, no es obligatoria la obtención de otro carné si no que se deben demostrar las capacidades necesarias a través de unas pruebas de habilidad y circulación por carretera.

Clase B+E

Este permiso de conducir autoriza a la circulación de un conjunto de vehículos compuesto por un tractor de los que requiere de un permiso clase B para su conducción y un remolque o semirremolque con una carga máxima de 3.500 kg.

Clase B

Es el tipo de carné más habitual que autoriza a conducir automóviles de 3.500 kg como máximo y que pueden transportar hasta 8 personas, sin contar al conductor. Además, pueden llevar enganchado un remolque cuya masa no supere los 750 kg y que el conjunto de coche y remolque no supere los 3.500 kg de peso.

Clase B con el código armonizado B-96

Las personas con este permiso de conducir, están autorizadas para poder llevar cualquier vehículo tractor de los que requiere para sun conducción un permiso de clase B y un remolque de máximo 750 kg. Además, en este sentido, el conjunto nunca podrá superar los 4.250 kg. Para conseguir este permiso, no es obligatoria la obtención de otro carné si no que se deben demostrar las capacidades necesarias a través de unas pruebas de habilidad y circulación por carretera.

Clase B+E

Este permiso de conducir autoriza a la circulación de un conjunto de vehículos compuesto por un tractor de los que requiere de un permiso clase B para su conducción y un remolque o semirremolque con una carga máxima de 3.500 kg.

Seguro de remolques

En los remolques de menos de 750 kg de peso, no se necesita estar en posesión de un seguro específico para ellos, pero sí se debe ampliar la póliza de seguros para que quede asegurado el remolque y el gancho. Si su remolque es mayor a 750 kg, se necesitará un seguro independiente.

Matriculación

Aquellos remolques con menos de 750 kg de peso, no necesitan estar matriculados de forma independiente pero sí deben hacerlo los que superen este tamaño.

Para matricular un remolque, deberá acudir al ayuntamiento en el que esté censado y pagar el impuesto de circulación, presentando la ficha del remolque. Una vez terminado esto, tendrá que acercarse a la Dirección General de Tráfico (DGT) más cercana y presentar la factura de que el impuesto de circulación ha sido abonado y la ficha técnica del remolque.

Dependiendo de si el remolque está a nombre de un particular o de una empresa, deberemos presentar a mayores el DNI o el NIF y el DNI del gerente de la empresa.

ITV

Los remolques que superen los 750 kg de masa máxima autorizada, deben pasar la ITV con la siguiente peridicidad:

  • Hasta 10 años; anual
  • De más de 10 años; semestral

Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU. Sin embargo, los puntos de vista y las opiniones expresadas son únicamente los del autor o autores y no reflejan necesariamente los de la Unión Europea o la Comisión Europea. Ni la Unión Europea ni la Comisión Europea pueden ser consideradas responsables de las mismas.